Cómo realizar un depósito en las subastas del Portal del BOE, paso a paso en 2025

Lectura 11 minutos · 21 May 2024

Una de las dudas que nos asaltan al participar en una subasta por primera vez es cómo realizar un depósito en la subastas del Portal del BOE. La mayor parte de las subastas públicas que se celebran en España lo hacen a través de esta plataforma digital que garantiza un acceso universal y transparente para cualquier usuario con capacidad de participar en ellas. Por eso existen reglas estandarizadas a la hora de darse de alta en el Portal de Subastas del BOE, acceder a información sobre cada subasta… y también de cara a la realización del depósito necesario para proceder a pujar.

Para que salgas de dudas, te explicamos todo lo que debes saber sobre el depósito en las subastas del portal del BOE: en qué consiste exactamente, cuándo es necesario, qué porcentaje de depósito debes realizar en cada caso y cuál es el procedimiento para realizar un depósito, paso a paso.

En este artículo te contamos:

¿Qué es el depósito en las subastas del Portal del BOE?

El depósito, en el marco de las subastas del portal del BOE, consiste en una cantidad que debemos entregar y que constituye una especie de fianza necesaria para poder participar en cada subasta. 

Mientras se celebra la subasta, esta cantidad permanecerá en manos de la entidad gestora. En concreto, suele quedar bloqueada en tu cuenta bancaria, sin que se produzca una transferencia, por lo que la devolución del depósito consistirá en el desbloqueo de esta suma.

El depósito servirá como parte del precio en caso de que resultes adjudicatario del bien, de forma que tan solo deberás abonar la cantidad restante para completar tu obligación de pago y poder transmitir la propiedad a tu favor. Por tanto, el depósito, en el caso del mejor postor y adjudicatario de la subasta, formará parte del precio de venta.

La regla general nos dice en la actualidad que, "finalizada la subasta, el Portal de Subastas devolverá inmediatamente los depósitos de los postores", excepto en el caso del mejor postor, que "se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta".

Sin embargo, esto funcionará así únicamente en caso de que hayas pujado sin reserva de postura. Este último concepto consiste en la posibilidad de que la cantidad consignada como depósito no se te devuelva inmediatamente, manteniéndose esta suma bloqueada y en manos de la autoridad gestora a la espera de que el mejor postor cumpla con su obligación de abonar el resto del precio. 

Para que salgas de dudas sobre este punto, te recomendamos leer este artículo sobre la reserva de postura.

Si decides pujar con reserva de postura, en el caso de las subastas fruto de procedimientos iniciados antes del 3 de abril de 2025, es posible que pasen semanas, meses o incluso años (en el peor de los casos) hasta el momento en que puedas recuperar tu dinero. Por tanto, la recomendación general es no pujar con reserva de postura en estos supuestos, salvo que se trate de un bien que te interese especialmente y, al mismo tiempo, cuentes con liquidez suficiente para que un plazo de devolución dilatado no te afecte.

A raíz de la reforma de las subastas de 2025, la situación cambia y la devolución de los depósitos, al menos en teoría, se agiliza sustancialmente: la Ley nos dice que, en caso de impago del precio por el primer postor, el Portal de Subastas comunicará la identidad del siguiente postor cuya reserva de postura cumpla las condiciones exigidas y se devolverán los depósitos de los demás postores, quedando sin efecto sus reservas de postura.

Así, como novedad, tras el impago del primer postor con reserva, solo va a tener efecto la reserva del siguiente postor y, "si el segundo postor tampoco pagara el precio ofrecido ya no se tendrían en cuenta las siguientes posturas y habría de procederse inmediatamente a la celebración de nueva subasta."

La norma explica que, si se produjera ese segundo impago, ya se habría aplicado a los fines de la ejecución el importe de los depósitos de esos dos postores, que ascendería al 40 % del valor de subasta en el caso de los bienes inmuebles, lo que "constituirá una importante herramienta disuasoria para quienes quieran manipular el precio final".

Por otro lado, la suspensión de la subasta por un periodo superior a 15 días naturales llevará consigo su cancelación, con devolución de los depósitos a los postores, retrotrayendo la situación al momento inmediatamente anterior a la publicación del anuncio. Si la suspensión no superara los 15 días naturales, quedará paralizada la celebración de la subasta, que se reanudará por el tiempo que reste para su conclusión.

La reforma tiene muy en cuenta que, dado que la reserva implica la retención del depósito del postor hasta el pago del precio, "toda demora en su devolución desanima a realizar nuevas reservas." "Puede haber muchos postores interesados en adquirir el bien, pero que no reserven postura, por lo que su puja no será tenida en cuenta ante la falta de pago del primer postor, pudiendo adjudicarse el bien a otro por debajo del precio que ofrecieron. Esto ha de evitarse si se pretende obtener el mejor precio en la subasta", asegura el texto.

¿Cuándo es necesario realizar un depósito en una subasta del Portal del BOE?

La regla general es que siempre es necesario realizar depósito al participar en una subasta del Portal del BOE, si bien existen algunos supuestos concretos en los que no necesitarás depositar cantidad alguna para participar de un modo u otro. Por ejemplo, si eres acreedor ejecutante (es decir, si propiciaste el inicio del procedimiento de subasta porque eres acreedor del deudor).

En el caso de las subastas notariales, tampoco será exigible depósito a los solicitantes de la subasta voluntaria, ni a los copropietarios o cotitulares del bien o derecho que se vaya a subastar.

Te contamos más detalles sobre la subasta notarial en este enlace

¿Qué porcentaje de depósito debes realizar?

Hasta el 3 de abril de 2025

El porcentaje de depósito que deberás aportar depende de la fecha en que se iniciará el procedimiento que ha dado lugar a la subasta que te interesa. Ten en cuenta lo siguiente:

El depósito en el marco del Portal de Subastas del BOE ha sido tradicionalmente de un 5 % del valor de subasta del bien a lote de bienes. Esta regla se cumple en el caso de la mayor parte de los tipos de subasta fruto de procedimientos iniciados antes del 3 de abril de 2025.

Ten en cuenta el siguiente cuadro de porcentajes de depósito según el tipo de subasta aplicable hasta el 3 de abril de 2025:

  • Subasta de bienes inmuebles en procedimiento de apremio

  • Subasta de bienes muebles en procedimiento de apremio

  • Subasta en ejecución hipotecaria

  • Subasta de bienes muebles en procedimientos con Hacienda: 10 %

  • Subasta de bienes muebles inmuebles en procedimientos con Hacienda: 5 %

  • Subasta por concurso de acreedores, salvo que el plan de liquidación indique otra cosa

  • Subasta notarial, salvo que el pliego de condiciones, en el caso de las subastas voluntarias, indique otra cosa 

  • Subastas de la Seguridad Social: 25 % en caso de presentar una puja previa o 30 % para las pujas a viva voz

Todas estas subastas, excepto las de la Seguridad Social, se celebran en el Portal de Subastas del BOE, si bien en algunos casos las subastas por concurso de acreedores pueden realizarse a través de empresas privadas especializadas, con el fin de maximizar la liquidez obtenida a través de este procedimiento.

En las subastas de la Seguridad Social, que se celebran en un portal específico creado a tal efecto por esta institución, y no en el portal de subastas del BOE,  el depósito se lleva a cabo a mano y en sobre (o bien a viva voz en el acto de la subasta).

A partir del 3 de abril de 2025

Para muchas de las subastas fruto de procedimientos iniciados a partir del 3 de abril de 2025, participar en ellas implicará desembolsar un depósito mayor. Sin embargo, esta reforma no afecta a las subastas iniciadas por Hacienda ni a las de la Seguridad Social.

Ten en cuenta el siguiente cuadro de porcentajes de depósito según el tipo de subasta aplicable a partir del 3 de abril de 2025:

  • Subasta de bienes inmuebles en procedimiento de apremio: 20 % o un mínimo de 1.000 euros si el importe que resultaría de la aplicación de ese porcentaje fuera inferior
  • Subasta de bienes muebles en procedimiento de apremio: 10 % o un mínimo de 1.000 euros si el importe que resultaría de la aplicación de ese porcentaje fuera inferior
  • Subasta en ejecución hipotecaria: 20 % o un mínimo de 1.000 euros si el importe que resultaría de la aplicación de ese porcentaje fuera inferior
  • Subasta por concurso de acreedores: 10/20 % (muebles/inmuebles) o un mínimo de 1.000 euros si el importe que resultaría de la aplicación de ese porcentaje fuera inferior (salvo si el plan de liquidación indique otra cosa)
  • Subasta notarial: 10/20 % (muebles/inmuebles) o un mínimo de 1.000 euros si el importe que resultaría de la aplicación de ese porcentaje fuera inferior (salvo si el pliego de condiciones, en el caso de las subastas voluntarias, indica otra cosa)
  • Subasta de bienes muebles en procedimientos con Hacienda: 10 %
  • Subasta de bienes muebles inmuebles en procedimientos con Hacienda: 5 %
  • Subastas de la Seguridad Social: 25 % en caso de presentar una puja previa o 30 % para las pujas a viva voz

En todas las subastas afectadas por la reforma de las subastas de 2025 "se permite al letrado o letrada de la Administración de Justicia, atendiendo a las circunstancias concurrentes, modificar dichos importes", tanto al alza como a la baja.

Así, a raíz de esta reforma, la competencia en las subastas judiciales podrá verse reducida, a lo que se suma una posible reducción del número de quiebras de la subasta.

En cualquier caso, siempre deberás leer con detalle el pliego de condiciones de ejecución de la subasta antes de pujar. En él se hará referencia a la normativa y a las condiciones aplicables. 

¿Desde qué bancos puedo realizar un depósito en las subastas del BOE?

Existe un listado cerrado de bancos a los que puedes acudir para realizar un depósito al participar en una subasta pública. Esto significa que no puedes hacerlo a través de cualquier entidad, sino que deberás utilizar como vehículo necesariamente una de las admitidas por la Administración u organismo correspondiente. 

En concreto, para la constitución de los depósitos, el Portal de Subastas utiliza la pasarela de pagos que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) pone a su disposición para tal efecto. Por ello, la cuenta bancaria proporcionada por el usuario debe ser de una de las entidades colaboradoras de la AEAT.

Estas son las entidades o bancos que te permiten realizar un depósito para participar en una subasta a través del Portal BOE (actualizando el listado ofrecido por Hacienda, ya que algunas de las entidades que menciona la Agencia Tributaria han dejado de existir): 

  • Santander
    Horario peninsular: Desde las 0.00 horas hasta las 24.00 horas, procesándose las órdenes posteriores a las 19.30 horas con fecha contable al día siguiente.

  • Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA)
    Horario peninsular: Desde las 2.00 horas hasta las 21.00 horas.

  • Bankinter
    Horario peninsular: Desde las 0.00 horas hasta las 21.00 horas.

  • La Caixa
    Horario peninsular: Desde las 2.00 horas hasta las 23.55 horas.

  • Ibercaja
    Horario peninsular: Desde las 0.00 horas hasta las 24.00 horas.

  • Kutxabank, S.A
    Horario peninsular: Desde las 0.00 horas hasta las 24.00 horas.

Ten en cuenta que, cuando realizas el depósito en una subasta pública, el dinero de tu cuenta solo se bloquea, pero no se transfiere.

En el caso de que te devuelvan el depósito, se desbloqueará el importe depositado y podrás volver a hacer uso de él. En cualquier caso, si vas a participar en subastas de este tipo necesitarás tener una cuenta bancaria en alguna de estas entidades colaboradoras.

Cómo realizar un depósito en las subastas del Portal del BOE, paso a paso

Realizar un depósito en el Portal de Subastas del BOE es muy sencillo. Lo primero que debes hacer es crear tu cuenta en el Portal del BOE para así poder analizar las distintas subastas disponibles, elegir aquella que te interese y decidirte a participar en ella.

Cuando hayas seleccionado tu subasta, deberás acceder al apartado "Pujas" de la subasta en la que quieras participar. En este apartado verás información acerca del tiempo restante de la subasta, entre otros puntos.

 

Como puedes comprobar en la imagen anterior, al final de la pantalla encontrarás un botón que te permitirá “Constituir depósito” para la subasta seleccionada. Al pulsar en él verás la siguiente información (es importante que la leas antes de participar):

 

 

Ya solo falta rellenar la información correspondiente y consignar la cantidad solicitada. El depósito se puede realizar a partir de que la subasta esté activa y hasta 24 horas antes de su finalización. 

Ten en cuenta que, en las subastas celebradas en el portal BOE, se aplica lo siguiente: 

  • Si estás realizando tu primera puja en una subasta (o en un lote, si la subasta se compone de lotes de adjudicación separada), el Portal te solicitará que indiques si deseas realizar reserva de tu puja máxima.

  • Si indicas que no, el depósito correspondiente te será devuelto en el momento de conclusión de la subasta en el Portal de Subastas, si no ha resultado ganador.

  • Si indicas que sí, el depósito será retenido, aunque tu puja máxima haya sido superada por otro postor, hasta que la subasta sea adjudicada y finalizada, para contemplar el caso de que los postores con pujas más altas no resulten finalmente adjudicatarios y pueda ser este postor el nuevo ganador. En este caso, se nombrará como nuevo adjudicatario al segundo mejor postor que hubiera solicitado la reserva de su puja.

Por último, debes tener en cuenta que, en caso de que consignes la cantidad exigida, pujes y resultes adjudicatario (ya sea en primera instancia o por haber hecho reserva de postura, si no pagas el resto del precio, perderás tu depósito. 

Además, es posible que se te reclamen daños y perjuicios, o incluso que se te fuerce a formalizar la compra. Por eso es muy importante estudiar con detalle las condiciones de cada subasta.

 

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