100.00% de propiedad plena de unacasa de habitación ,sita en cocentaina, en calle subida san isidro número 9 de policía , que constituye una sola vivienda y mide treinta metros cuadrados inscrito en el tomo 1135, libro 265, folio 34, finca 8082, inscripción 8ª del registro de la propiedad de cocentaina
en el registro de la propiedad figura como vivienda en planta baja de 30 metros cuadrados, según tasación en catastro figura una vivienda de planta baja y dos pisos altos con una superficie total de 138 metros cuadrados, siendo los metros de cada planta de 46 metros cuadrados.por tanto, conforme se desprende del informe de valoración y en su caso de la diligencia de personación, en la realidad física existen más plantas y superficie construida que la que figura registralmente inscrita. el acceso al registro de dicha modificación física de la finca, para la posterior eficacia de la exactitud registral, podrá llevarlo a cabo el adjudicatario, conforme resolución de la dgrn de 29 de mayo de 1965 que determinó que titular actual del inmueble puede inscribir la declaración de obra, dado que el principio de tracto sucesivo, regulado en el art. 20 de la ley hipotecaria, no constituye un obstáculo para la inscripción de unas obras realizadas por titulares anteriores , determinando la citada resolución que es ajustada la actuación de los titulares actuales del inmueble, que de esta forma han subsanado la omisión que se había padecido . la inscripción deberá serlo mediante el procedimiento de declaración de obra, conforme el artículo 198 decreto de 8 de febrero de 1946 (ley hipotecaria), que determina que la concordancia entre el registro de la propiedad y la realidad física y jurídica extrarregistral se podrá llevar a efecto mediante: 4.º la inscripción de plantaciones, edificaciones, instalaciones y otras mejoras incorporadas a la finca , y artículos 202 de la ley hipotecaria y 308 del decreto de 14 de febrero de 1947 (reglamento hipotecario). todo ello acreditando el cumplimiento de lo previsto en los artículos 45 a 55 del rd 1093/1997 de 4 de julio, artículo 20.1 de la ley de ordenación de la edificación de 5 de noviembre de 1999, y demás normativa reguladora de la edificación y obra.
registro de la propiedad 1 de cocentaina
tomo 1135
libro 265
folio 34
finca registral num. 8082
sin ocupantes
no consta
sin cargas preferentes
4.534,46 €
38.468,88 €
recaudación tributaria
las ofertas se tenían que presentar antes de las 18h00 del Lunes 2 de Octubre de 2023 en suma gestión tributaria. diputación de alicante
mediante puja online en la página original
lote compuesto por un bien
para participar había que depositar 1.923,44 €
que correspondía a un 5% de la valor de subasta del lote
la puja mínima era de 19.234,44 €
las pujas se realizaban en tramos de 1.000,00 €
suma gestión tributaria. diputación de alicante
email subastas@suma.es
tel. 965 292 000
rambla méndez núñez, 42 alacant/alicante
alicante
carrer pujada a san isidro
, 9
cocentaina
alicante
mapa de la zona
datos obtenidos de la página web
del Boletin Oficial del Estado
el 12 de Septiembre de 2023
datos actualizados el 02 de Octubre de 2023
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