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Spoiler: las webs no son ningún secreto. Son públicas, gratuitas, y llevan ahí años. Lo que pasa es que están repartidas por media administración española, cada una con su interfaz de los 2000, y nadie te explica cómo encajan entre ellas.
Así que aquí van. Sin DM, sin comentarios, sin ”sígueme para más”. Las webs que de verdad necesitas para buscar bienes en subasta pública en España, ordenadas por para qué sirve cada una.

Es la web. El núcleo. Desde la Ley 19/2015, este portal centraliza prácticamente todas las subastas públicas que se celebran electrónicamente en España: judiciales, notariales, tributarias (desde el 1 de septiembre de 2018) y administrativas. Aquí entran no solo las administrativas generales del Estado, sino también subastas administrativas locales promovidas por ayuntamientos, diputaciones y consejos comarcales.
Cómo se puja: la regla general del portal sigue siendo una subasta abierta durante 20 días naturales, pero aquí conviene distinguir: tras la reforma de la LEC 2025, en las subastas judiciales ese plazo pasa a ser improrrogable, por lo que ya no aplica la antigua ampliación automática del cierre que existía con la normativa anterior.
Lo bueno: es la fuente oficial. Si no está en el BOE, no es una subasta pública seria.
Lo malo: la interfaz cumple su función y poco más. Filtros básicos, sin mapa, y la calidad de los datos depende de cómo la autoridad gestora rellene el formulario. Es habitual ver referencias catastrales mal copiadas, direcciones incompletas y descripciones del tipo ”vivienda en la calle de los olmos sin número”.
A tener en cuenta: solo se pueden registrar personas físicas en `subastas.boe.es`. Para pujar en nombre de una sociedad hay que actuar en representación. Y si vas a sacarte Cl@ve PIN para pujar, hazlo con certificado o presencialmente: el Cl@ve obtenido por internet con carta de invitación no sirve para este portal.

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) saca a subasta bienes embargados a deudores con la Seguridad Social. Y son la gran excepción del sistema español: no se hacen en el BOE, no son electrónicas, y siguen siendo presenciales.
Dónde mirar:
Qué encontrarás: fincas urbanas y rústicas, vehículos, embarcaciones, maquinaria, mobiliario de oficina, material informático y todo tipo de muebles e inmuebles embargados.
Cómo se puja (importante): son subastas presenciales en las oficinas de la TGSS de la URE (Unidad de Recaudación Ejecutiva) que celebre la subasta. Se hacen mediante sobre cerrado (depósito del 25 % del tipo) o puja verbal a viva voz (depósito del 30 %). Para que una postura se admita sin más trámite suele requerirse al menos el 75 % del tipo de enajenación. El pago del rematado se exige típicamente en 5 días.
Base normativa: RD 1415/2004 (Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social), modificado por el RD 322/2024 (en vigor desde el 1 de abril de 2024).

Hacienda saca a subasta bienes embargados por deudas tributarias. La parte rara: el listado y las fichas viven en la sede de la AEAT, pero las pujas se hacen en subastas.boe.es.
Cómo funciona:
Esta unificación rige desde el 1 de septiembre de 2018. Si solo miras el BOE, también verás estas subastas (filtrando por tipo de autoridad), pero la ficha completa con la documentación del bien suele estar más detallada en la sede de AEAT.
Qué se subasta: inmuebles urbanos y rústicos, vehículos, maquinaria, embarcaciones, joyas, mercancías, derechos de crédito.
Depósito: típicamente 5 % del tipo en inmuebles y 10 % en muebles. Adjudicación mínima: en torno al 50 % del tipo según el RD 939/2005.
Base normativa: RD 939/2005 (Reglamento General de Recaudación) y resoluciones DGAEAT/SGT.

El Catastro no publica subastas, pero es imprescindible para evaluar cualquier bien que veas en las tres webs anteriores.
Desde 2022, el valor de referencia es lo que Hacienda usa para calcular los impuestos cuando compras un inmueble (el famoso ITP, o el de sucesiones y donaciones si lo heredas o te lo regalan).
Y aquí viene la parte que mucha gente no sabe: si te adjudicas un piso en subasta por 80.000 € pero el valor de referencia es de 130.000 €, Hacienda te va a cobrar el ITP sobre los 130.000 €, no sobre lo que tú pagaste. Sí, aunque el precio de remate sea muy inferior. La regla general es que se paga sobre el valor de referencia, salvo que tu precio de adjudicación sea mayor.
Existe la posibilidad de recurrir y pedir que se aplique el precio real (especialmente con un informe de tasador que demuestre que el valor de referencia está hinchado), pero es un proceso lento, incierto y requiere abogado. Mejor saberlo antes de pujar y hacer los números bien desde el principio.
Si vas a pujar por algo y no has consultado el Catastro antes, estás pujando a ciegas. Punto.

Una vez tienes la dirección o la referencia catastral, toca ver el bien. Y antes de coger el coche, mirar bien la zona desde casa.

El valor de tasación que aparece en el anuncio de subasta no es el valor de mercado. Para hacerte una idea real de lo que vale el bien necesitas datos de transacciones reales o, en su defecto, oferta actual.
En la práctica, apenas hay diferencias entre Idealista y Notariado para una estimación rápida. La diferencia importante es que en muchos municipios Notariado no dispone de datos y, por tanto, no se pueden obtener valoraciones. Si puedes consultar ambos, mejor; y si no, Idealista suele ser la referencia más disponible.
Esto no es una web que consultar, pero te ahorrará disgustos serios. La idea clave es esta: el ”valor de tasación” o ”tipo de subasta” que ves en el anuncio no es el precio final que vas a pagar por el inmueble. Si el piso tiene una hipoteca anterior pendiente, una deuda de comunidad o un IBI atrasado, esas deudas no se cancelan con la adjudicación: las heredas tú, encima del precio que pujes.
¿Por qué? Porque en los tres tipos de subasta pública en España (judicial, de Hacienda y de la Seguridad Social) el sistema funciona igual: se calcula un valor del inmueble, se le restan las deudas anteriores que van a seguir vivas, y lo que queda es el tipo de salida de la subasta. El razonamiento de fondo es que esas deudas no desaparecen, simplemente cambian de dueño: ahora son tuyas. Por eso el tipo de subasta sale ”rebajado” de inicio.
Traducido a un ejemplo: si un piso vale 200.000 € en el mercado y tiene una hipoteca pendiente de 120.000 €, el tipo de subasta saldrá en torno a 80.000 €. Si pujas y te lo adjudicas por 60.000 €, tu coste real no son 60.000 €, son 180.000 € (60.000 de remate + 120.000 de hipoteca que tendrás que pagar al banco para que no te ejecute la vivienda).
Las cargas son, de lejos, la primera causa de ”subastas que parecen un chollo y luego no lo son”. El error clásico es mirar solo el precio de salida y olvidarse de leer la nota simple del Registro de la Propiedad para ver qué hay detrás.
Antes de pujar, siempre:
Y si dudas con un caso concreto, consulta a un abogado especializado en subastas. Lo que te cobre por revisar un expediente es mucho menos de lo que te puedes dejar por no haberlo hecho.
| Para qué | Web |
|---|---|
| Subastas judiciales, notariales, tributarias y administrativas | subastas.boe.es |
| Subastas de la Seguridad Social (presenciales) | w6.seg-social.es/subastas/ |
| Listado y fichas de subastas de Hacienda (puja en BOE) | sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/subastas.html |
| Verificar el bien (referencia, superficie, uso, fachada) | sedecatastro.gob.es |
| Ver la zona | Google Maps + Apple Maps + Bing Maps |
| Estimar valor de mercado | Idealista + Notariado |
Y un séptimo punto que no es web pero importa tanto como las anteriores: identifica el régimen de cargas según el tipo de subasta.
Con esto tienes todo lo que necesitas para empezar. Gratis, oficial, y sin dejar comentarios en ningún reel.
Aviso al margen: esto cubre el universo de las subastas públicas. Pero existen también subastas privadas y de bancos (servicers como Haya, Aliseda, Solvia, Aktua, Servihabitat; carteras de Sareb) que no aparecen en ninguna de estas webs. Si tu objetivo es barrer todo el mercado de inmuebles ”con descuento”, tenlas en cuenta.
Hasta aquí, lo gratis y oficial. Pero seamos sinceros: revisar el BOE, el portal de la Seguridad Social y la sede de la AEAT cada día, abrir el Catastro para cada bien que te interese, cruzar la dirección en mapas y luego ir a Idealista o Notariado a estimar el precio… es mucho trabajo. Y se nota cuando llevas un mes haciéndolo.
Por eso existe AlertaSubastas.
Lo que hacemos, en una frase: agregamos las fuentes oficiales (BOE, Seguridad Social, Hacienda) en una sola web y las enriquecemos con todo lo demás.
En concreto:
Las webs que has visto en este artículo siguen ahí, son públicas y son gratis. Si quieres montarte tu sistema con ellas, perfecto: ya tienes el mapa. Y si prefieres ahorrarte el cruce manual y centrarte en lo que de verdad importa — analizar los bienes y pujar bien — pruébanos gratis.
Sin comentarios en Instagram. Lo prometido.