100.00% de propiedad plena de urbana- numero trece- plaza de aparcamiento en sótano, del edificio en alicante, calle teulada, número veinticuatroestá señalado como garaje cinco tiene su acceso a través de rampa del edificio, existente a la derecha del portal de acceso almismo y franja o zona de rodamiento de vehículos en dicho sótano, paralela a calle de situación, que separa los garajes en dos hileras,una anterior y otra posterior a dicha franja, ésta al fondo de dicho sótano, contigua a subsuelo del este del solar, siendo el primero a laderecha, de la hilera posterior de garajes según se mira la misma desde la franja o zona de rodamiento mide una superficie útilaproximada de once metros cincuenta decímetros cuadrados linda: frente, zona de rodamiento; derecha entrando y fondo,subsuelo de finca e izquierda, garaje número cuatro, componente doce- se le asigna una cuota en el valor del edificio y elementos comunes de un entero seiscientas sesenta y tres diezmilésimas por ciento- según consta del registro y de su finca matriz, la edificación se declaró en construcción-
el perito señala que se trata de una plaza de garaje terminada. se encontraba ocupada por dos motos.que la obra se inscribió en construcción, sin que conste inscrito el fin de obra, siendo de aplicación lo determinado en los artículos 45 a 55 del real decreto 1093/1997, y en particular los artículos 46 y 47 que determinan: artículo 47. título y nota marginal de finalización de la obra declarada en construcción. cuando la obra se hubiere declarado e inscrito en construcción, se aplicarán las siguientes reglas: 1. su finalización deberá hacerse constar por nota al margen de la inscripción. dicha nota se practicará en virtud de acta notarial en la que cualquiera de los legitimados, conforme a lo dispuesto en este artículo, acrediten dicha finalización mediante incorporación de la certificación referida en el apartado 3 del artículo anterior. 2. será inscribible el acta a que se refiere el párrafo anterior cuando hubiese sido requerido su otorgamiento por el titular registral o por las siguientes personas: a) aquella que hubiere declarado la obra nueva en construcción, aun cuando hubiese trasmitido el dominio en todo o en parte. b) si la finca perteneciese a varios titulares en pro indiviso, los que reúnan la mayoría necesaria para realizar actos de administración. c) el presidente de la junta de propietarios, si el edificio se hubiese constituido en régimen de propiedad horizontal. d) cualquiera de los cónyuges, si el inmueble estuviese atribuido a su sociedad conyugal.
registro de la propiedad 3 de alacant/alicante
tomo 734
libro 734
folio 84
finca registral num. 51514
ocupante desconocido
no consta
sin cargas preferentes
3.309,53 €
10.375,00 €
recaudación tributaria
las ofertas se tenían que presentar antes de las 18h00 del Lunes 10 de Abril de 2023 en suma gestión tributaria. diputación de alicante
mediante puja online en la página original
lote compuesto por un bien
para participar había que depositar 518,75 €
que correspondía a un 5% de la valor de subasta del lote
la puja mínima era de 5.187,50 €
las pujas se realizaban en tramos de 1.000,00 €
suma gestión tributaria. diputación de alicante
subastas@suma.es
tel. 965 292 000
rambla méndez núñez, 42 alacant/alicante
alicante
carrer teulada
, 22
, 22
alicante
cp. 03009
mapa de la zona
datos obtenidos de la página web
del Boletin Oficial del Estado
el 21 de Marzo de 2023
datos actualizados el 10 de Abril de 2023
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